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Confirman la exoneración del policía que dejó salir a Poblete sin permiso

Era el titular de la Unidad de Detención de Zapala en 2012, cuando el cabo condenado a perpetua por el asesinato del docente, Carlos Fuentealba, fue fotografiado caminando por la calle sin esposas. Pedía ser reincorporado a la fuerza de seguridad.
Sergio Garro
Por Sergio Garro

El 14 de junio de 2012 el cabo José Darío Poblete, condenado a prisión perpetua por asesinar a Carlos Fuentealba durante la represión a una protesta docente, fue fotografiado caminando por las calles de Zapala sin ninguna medida de seguridad. El sumario comprobó que el subcomisario Roberto Mieres, a cargo de la Unidad de Detención donde se alojaba el interno, había permitido su traslado en 15 oportunidades, a distintos turnos médicos, sin autorización judicial. Por ese motivo fue exonerado.

Su pretensión era ser reincorporado a la policía provincial. Presentó una demanda contra la provincia. El juez José Carlos Pusterla, con competencia procesal administrativa, no hizo lugar al pedido.

En 2013 el exgobernador, Jorge Sapag, lo expulsó del cargo por decreto, lo que conlleva la pérdida de todos los derechos inherentes a su puesto, incluso el retiro. En los considerandos planteó que lo hecho por Mieres “trajo aparejado un sin número de cuestionamientos hacia la Institución Policial, dado que un interno condenado a reclusión perpetua por homicidio deambulaba por la ciudad de Zapala sin las medidas de seguridad necesarias (sin esposas), lo que generó un desprestigio a la Institución Policial, por la trascendencia pública que tomó el hecho, al publicarse las fotografías en los diarios regionales”.

Mieres solicitó que se revocara el decreto que lo exoneró, y subsidiariamente, se modificara la sanción por una cesantía.

Pusterla dijo que no hubo “exceso de punición”. El juez manifestó que “cada vez que Mieres decidió violentar el orden jurídico otorgando a Poblete el privilegio de salir de su lugar de detención, cometió una falta gravísima independiente, arrogándose facultades de la Cámara Criminal Primera de la ciudad de Neuquén y pasando por encima de la autoridad a cargo del control de la ejecución de la pena privativa de la libertad.”

La decisión puede ser apelada ante el Tribunal Superior de Justicia.

Fuente: Diario RN.

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